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Acreedores a Corto Plazo |
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| FREMAP. |
| Acreedores a Corto Plazo |
| La composición del saldo de este capítulo de los balances de situación adjuntos al 31 de diciembre de 2006 es la siguiente: |
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| Dentro de la cuenta "Acreedores presupuestarios" se recoge el importe definitivo de las prestaciones por accidentes de trabajo, reconocidas y pendientes solamente de pago, neto del importe a recuperar del reaseguro (véase Nota 2.II.g). |
| Según el artículo 6 del Reglamento General sobre colaboración de las Mutuas de Accidentes de Trabajo en la gestión de la Seguridad Social, estas entidades gozarán de exención tributaria, en los mismos términos que se establece para las Entidades Gestoras, en el artículo 65 de la Ley General de Seguridad Social. |
| Sin embargo, la normativa vigente del Impuesto sobre Sociedades considera a las Mutuas como entidades parcialmente exentas, no alcanzando la exención a los rendimientos derivados del ejercicio de explotaciones económicas, ni a los derivados del patrimonio, ni tampoco a los incrementos de patrimonio. De acuerdo con sus asesores legales y tributarios, la Mutua considera que los rendimientos e incrementos derivados de la gestión del patrimonio de la Seguridad Social están, en todo caso, exentos de tributación en este Impuesto. En cambio, los rendimientos derivados del patrimonio histórico de la Mutua, se considera que están sujetos a tributación. |
| Al 31 de diciembre de 2006 el saldo del epígrafe "Acreedores a corto plazo-Administraciones Públicas" de los balances de situación adjuntos, corresponde básicamente a las retenciones a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por trabajo personal, correspondientes al mes de diciembre de 2006 y a las cotizaciones pendientes de Seguros Sociales del mismo mes. |
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