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HO

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2014

Marco Legal de la Entidad

FREMAP, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades

Profesionales de la Seguridad Social nº 61, viene

desarrollando su actividad, con el nombre de MAPFRE,

desde el 9 de Mayo de 1933, siendo mediante Resolución

de la Dirección General de Ordenación Jurídica y Entidades

Colaboradoras de la Seguridad Social de 25 de Julio de

1991, cuando se autorizó el cambio de denominación social

por el actual de FREMAP.

Como tal, se trata de una Entidad colaboradora en la gestión

de la Seguridad Social, quedando su marco normativo

recogido, además de en

sus propios Estatutos,

en los

artículos 68 y siguientes del

Texto Refundido de la Ley

General de la Seguridad Social, aprobado por el Real

Decreto-Legislativo 1/1994, de 20 de Junio,

así como en el

Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre, por el que se

aprueba el Reglamento de Colaboración de las Mutuas de

Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de

la Seguridad Social.

Este marco normativo, no obstante, ha estado sujeto a

continuas modificaciones que han permitido definir y

desarrollar las distintas actividades de colaboración, si

bien la publicación y entrada en vigor de la reciente

Ley

35/2014, de 26 de diciembre, por la que se modifica

el texto refundido de la Ley General de la Seguridad

Social en relación al régimen jurídico de las Mutuas de

Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la

Seguridad Social

ha supuesto una modificación sustancial

en el mismo.

Así, y en virtud de lo establecido en el artículo 68.1, FREMAP,

Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 61, es una

asociación privada de empresarios constituida mediante

autorización del Ministerio de Empleo y Seguridad Social

e inscripción en el Registro especial dependiente de

éste, que tiene por finalidad colaborar en la gestión de la

Seguridad Social, bajo la dirección y tutela del mismo, sin

ánimo de lucro y asumiendo sus asociados responsabilidad

mancomunada. De acuerdo a lo previsto en el artículo

68.2 del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad

Social, es su objeto el desarrollo de las siguientes

actividades de la Seguridad Social:

1. La gestión de las prestaciones económicas y de

la asistencia sanitaria, incluida la rehabilitación,

comprendidas en la protección de las contingencias

de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

de la Seguridad Social, así como de las actividades de

prevención de las mismas contingencias que dispensa la

acción protectora.

2. La gestión de la prestación económica por incapacidad

temporal derivada de contingencias comunes.

3. La gestión de las prestaciones por riesgo durante el

embarazo y riesgo durante la lactancia natural.

4. La gestión de las prestaciones económicas por cese en

la actividad de los trabajadores por cuenta propia, en

los términos establecidos en la Ley 32/2010, de 5 de

agosto, por la que se establece un sistema específico

de protección por cese de actividad de los trabajadores

autónomos.

5. La gestión de la prestación por cuidado de menores

afectados por cáncer u otra enfermedad grave.

6. Las demás actividades de la Seguridad Social que le sean

atribuidas legalmente.

Símbolo FREMAP