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El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-ley 22/2026, de 1 de septiembre, que incluye un conjunto de medidas urgentes de apoyo económico y social dirigidas a paliar los efectos que la situación excepcional acaecida en la Ciudad Autónoma de Ceuta ha tenido sobre trabajadores, autónomos y empresas.
Entre estas medidas se encuentra una prestación extraordinaria por cese de actividad para trabajadores autónomos, destinada a proteger a quienes hayan visto reducidos significativamente sus ingresos por haber tenido que interrumpir total o parcialmente su actividad económica.
Más protección para los trabajadores autónomos
Los trabajadores autónomos con residencia o actividad económica en la Ciudad Autónoma de Ceuta podrán solicitar esta prestación extraordinaria cuando:
El Real Decreto-ley incorpora diversas medidas excepcionales de protección:
Estas medidas tienen como finalidad ofrecer apoyo inmediato a los trabajadores autónomos afectados y contribuir al mantenimiento y recuperación de la actividad económica en la Ciudad Autónoma de Ceuta
Accesos de interés
Podrán solicitar esta prestación los trabajadores autónomos incluidos en:
Siempre que:
Dónde:
Envío digital:
Plazo:
Cotización mínima exigida:
Se considera cumplido el requisito de cotización mínima de 12 meses en los últimos 24 para poder acceder a la prestación.
La prestación es incompatible con:
Documentación obligatoria:
Documentación que debe estar a disposición de la Mutua:
o Resolución de aplazamiento de cuotas.
o Justificantes mensuales de pago y cumplimiento de los plazos.
Revisión posterior:
FREMAP podrá requerir documentación adicional a partir del 1 de enero de 2027.