REGIMEN ESPECIAL DE LOS TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS
El incremento de la base mínima del RETA es del 1 %, desde 884,40 a 893,10 €/mes. La cuota
mínima mensual (sin AT y CATA) pasa de 264,44 a 267,04 €. El 80 % de los autónomos cotizan por
la base mínima.
El incremento de la base máxima del RETA es del 1 %, desde 3.606 a 3.642 €/mes.
Según lo establecido en el art. 15 de la Orden comentada, fija las bases de cotización mínimas y
máximas para este colectivo en las cuantías detalladas en el siguiente cuadro:
RESUMEN BASES DE COTIZACIÓN 2016 –
AUTÓNOMOS (RETA)
Base mínima
mensual
Base
máxima
mensual
Autónomos menores de 47 años a 1 de enero de 2016.
893,10 €
3.642 €
Autónomos de 47 años de edad a 1 de enero de 2016:
Si su base de cotización durante el mes de diciembre de 2015
fue igual o superior a 1.945,80 euros mensuales, o causen alta
en este Régimen.
893,10 €
3.642 €
Si su base de cotización en diciembre de 2015 fue inferior a
1.945,80 euros mensuales. No podrán elegir una base superior,
salvo que ejerciten su opción en tal sentido antes del 30 de ju-
nio de 2016, lo que producirá efectos a partir del 1 de julio del
mismo año, o que se trate del cónyuge supérstite del titular del
negocio que, como consecuencia del fallecimiento de éste, haya
tenido que ponerse al frente del mismo y darse de alta en este
Régimen Especial con 45 o más años de edad.
893,10 €
3.642 €
Si su base de cotización durante el mes de diciembre de 2015
fue inferior a 1.945,80 euros mensuales, sin que ejerzan op-
ción por otra base antes del 30-06-2016.
963,30 €
1.964,70 €
Autónomos mayores de 48 años de edad a 1 de enero de 2016:
Si se trata del cónyuge supérstite del titular del negocio que,
como consecuencia del fallecimiento de éste, haya tenido que
ponerse al frente del mismo y darse de alta en este Régimen
Especial con 45 o más años de edad.
893,10 €
1.964,70 €
Autónomos que con anterioridad a los 50 años hubieran cotizado
en cualquiera de los Regímenes de la Seguridad Social por cinco
o más años:
A) Si la última base de cotización acreditada hubiera sido igual o
inferior a 1.945,80 euros mensuales.
893,10 €
1.964,70 €
B) Si la última base de cotización acreditada hubiera sido supe-
rior a 1.945,80 euros mensuales,
893,10 €
893,10 €
+1%
o
1.964,70 €
Autónomos con 48 o 49 años que, antes del 30-06-2016 ejerciten
opción por una base de cotización superior a 1945,80 €/mes.
893,10 €
La base
anterior +
1%
30 de marzo de 2016
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