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REGIMEN ESPECIAL DE LOS TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS

El incremento de la base mínima del RETA es del 1 %, desde 884,40 a 893,10 €/mes. La cuota

mínima mensual (sin AT y CATA) pasa de 264,44 a 267,04 €. El 80 % de los autónomos cotizan por

la base mínima.

El incremento de la base máxima del RETA es del 1 %, desde 3.606 a 3.642 €/mes.

Según lo establecido en el art. 15 de la Orden comentada, fija las bases de cotización mínimas y

máximas para este colectivo en las cuantías detalladas en el siguiente cuadro:

RESUMEN BASES DE COTIZACIÓN 2016 –

AUTÓNOMOS (RETA)

Base mínima

mensual

Base

máxima

mensual

Autónomos menores de 47 años a 1 de enero de 2016.

893,10 €

3.642 €

Autónomos de 47 años de edad a 1 de enero de 2016:

Si su base de cotización durante el mes de diciembre de 2015

fue igual o superior a 1.945,80 euros mensuales, o causen alta

en este Régimen.

893,10 €

3.642 €

Si su base de cotización en diciembre de 2015 fue inferior a

1.945,80 euros mensuales. No podrán elegir una base superior,

salvo que ejerciten su opción en tal sentido antes del 30 de ju-

nio de 2016, lo que producirá efectos a partir del 1 de julio del

mismo año, o que se trate del cónyuge supérstite del titular del

negocio que, como consecuencia del fallecimiento de éste, haya

tenido que ponerse al frente del mismo y darse de alta en este

Régimen Especial con 45 o más años de edad.

893,10 €

3.642 €

Si su base de cotización durante el mes de diciembre de 2015

fue inferior a 1.945,80 euros mensuales, sin que ejerzan op-

ción por otra base antes del 30-06-2016.

963,30 €

1.964,70 €

Autónomos mayores de 48 años de edad a 1 de enero de 2016:

Si se trata del cónyuge supérstite del titular del negocio que,

como consecuencia del fallecimiento de éste, haya tenido que

ponerse al frente del mismo y darse de alta en este Régimen

Especial con 45 o más años de edad.

893,10 €

1.964,70 €

Autónomos que con anterioridad a los 50 años hubieran cotizado

en cualquiera de los Regímenes de la Seguridad Social por cinco

o más años:

A) Si la última base de cotización acreditada hubiera sido igual o

inferior a 1.945,80 euros mensuales.

893,10 €

1.964,70 €

B) Si la última base de cotización acreditada hubiera sido supe-

rior a 1.945,80 euros mensuales,

893,10 €

893,10 €

+1%

o

1.964,70 €

Autónomos con 48 o 49 años que, antes del 30-06-2016 ejerciten

opción por una base de cotización superior a 1945,80 €/mes.

893,10 €

La base

anterior +

1%

30 de marzo de 2016

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