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5.3 Entorno de Trabajo Saludable
Relaciones Laborales
FREMAP asume como un objetivo prioritario el
incentivar la participación con sus ideas y sugerencias
de las personas que la integran contando, para
esta finalidad, con las vías de comunicación
correspondientes. Consecuencia de lo anterior,
se cuenta con una aportación fundamental para
alcanzar los objetivos de ser una organización
excelente en la prestación del servicio, emplear a los
mejores profesionales en sus respectivas áreas de
actuación y mantener, así, el liderazgo en el sector.
Documento Cultura
de Empresa
“La comunicación con los órganos de
representación de los trabajadores es el
cauce normal para la mejor orientación de
las relaciones laborales y para avanzar en la
consecución de mejoras sociales. Como ello
sólo es posible desde la mutua comprensión
y voluntad, se propicia el diálogo entre las
partes”.
Como en ejercicios anteriores, la interlocución con
los órganos de representación de los trabajadores
ha sido constante, tanto con aquellos establecidos
en la normativa vigente como, mejorando ésta, con
aquellas otras comisiones reguladas y recogidas
en el Convenio Colectivo de la Entidad, abordando
las cuestiones que resultan de interés para nuestra
plantilla.
A lo largo de 2018 se han celebrado 31 reuniones
en los distintos ámbitos de interlocución con la
representación legal de los trabajadores a nivel
nacional: la Mesa de Diálogo Social, la Comisión de
Formación, la Comisión de Igualdad, la Comisión
de Seguridad y Salud, la Comisión Mixta de
interpretación del convenio, etc.
La Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos
Generales del Estado para el año 2018, en relación
al personal de las Mutuas Colaboradoras con la
Seguridad Social y sus centros mancomunados,
establece que las retribuciones no podrán
experimentar un incremento global superior al
1,5 por ciento respecto a las vigentes a 31 de
diciembre de 2017, en términos de homogeneidad
para los dos períodos de la comparación, tanto
por lo que respecta a efectivos de personal como
a la antigüedad del mismo. Además, al haberse
incrementado el Producto Interior Bruto (PIB) por
encima del 3,1 por ciento, se añadió, con efectos de
1 de julio de 2018, otro 0,25 por ciento de incremento
salarial.
Igualmente, las retribuciones del resto del
personal al servicio de las Mutuas y de sus centros
mancomunados quedarán sometidas a lo dispuesto
en relación con el personal laboral del sector
público estatal y, concretamente, a lo establecido
en el artículo 23 de la LPGE para el año 2018 y en
la Orden HAP/1057/2013, de 10 de junio, por la
que se determina la forma, el alcance y efectos del
procedimiento de autorización de la masa salarial
regulado en el artículo 27.tres de la Ley 17/2012, de
27 de diciembre, de Presupuestos Generales
del Estado para el año 2013.
Empleados Oficina de León




