Se entenderá que existen
motivos de fuerza mayor en el cese temporal parcial cuando la
interrupción de la actividad de la empresa afecte a un sector o centro de trabajo, exista una
declaración de emergencia adoptada por la autoridad pública competente y
se produzca una caída de ingresos del 75% de la actividad de la empresa con relación al mismo período del año anterior y los ingresos mensuales del trabajador autónomo
no alcance el salario mínimo interprofesional o el importe de la base por la que viniera cotizando si esta fuera inferior.